24 de febrero de 2014
Lo que la coautoría nos dice sobre la epistemología de los artículos científicos
18 de febrero de 2014
"Mentiras a medias", gratis en pdf
14 de octubre de 2013
Transmisión oral, transmisión impresa, transmisión en red

Sigue la conversación iniciada aquí y aquí.
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Durante milenios (desde que la gente empezó a inventarse historias, canciones, etc., hasta la eclosión de la imprenta) el principal medio de transmisión de la cultura era la voz. Al autor de, digamos, el Cantar de Mío Cid, no se le pasaba por la cabeza que el OBJETIVO de su creación literaria fuese el de ganar dinero a costa de cobrar a cada uno que quería "acceder" a una "copia" de su obra. Y eso que las copias escritas eran carísimas (pero eran caras porque había que pagar a un copista -y no había mucha gente que supiera escribir- y el pergamino y la tinta eran bienes de lujo).
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Lo que quería el autor es que mucha gente ESCUCHASE su obra, normalmente en corrillos alrededor de un juglar. Tal vez él mismo fuera un juglar y cobrase por esas "representaciones", pero no consideraría que tenía derecho a impedir, si no recibía una compensación económica por ello, que otros juglares se aprendiesen la obra de memoria y fueran recitándola por otros pueblos. ¿Y por qué? Pues por una razón muy simple: porque la transmisión oral es un medio de comunicación que hace prácticamente imposible ejercer esos "derechos" aunque la ley los estableciera.
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La imprenta, en cambio, supone un cambio radical: ahora sí que se hace posible (en el sentido de "económicamente viable") controlar quién compra una copia de una obra, y conseguir por tanto que el autor reciba una parte de su precio (y aún así, esa idea sólo empezó a ponerse en práctica en el siglo XIX, cuatrocientos años después de Gutenberg, con el origen de las impresiones populares; hasta entonces, el autor recibía una cantidad por la entrega de la obra al editor, no un porcentaje de las ventas posteriores).
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Pues bien, la transmisión por internet es, en cuanto a la posibilidad de control, mucho más parecida a la transmisión oral que a la impresión en papel.
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Es el mismo motivo por el que vemos lógico no tener que pagar por escuchar la radio: porque sería bastante ruinoso económicamente intentar controlar quién la escucha y quién no. Las emisoras de radio llevan un siglo REGALANDO sus emisiones (y, por supuesto, intentando financiar el coste por otras vías, sobre todo publicidad y subvenciones).
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Internet, de nuevo, es en eso mucho más parecido a la radio que a la impresión en papel: una vez que un contenido está "en el aire" (o "en la red"), ya es prácticamente imposible controlar quién pasa qué archivo a quién (bueno, es posible, pero tiene tantos inconvenientes y resulta tan caro que no le saldría rentable a la sociedad hacer el control tan exhaustivo que se necesitaría para pagar los derechos de autor).
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Otra forma de verlo es fijarse en la diferencia entre "bienes por los que es económicamente factible hacer pagar al que los usa - bienes por los que no es económicamente factible hacer pagar al que los usa" (los segundos es lo que en la teoría económica se llaman "bienes públicos".
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Un ejemplo típico son los faros: sería inviable cobrar a cada barco que se beneficia de la existencia de un la existencia de internet y los libros electrónicos ha hecho que los libros pasen de ser un bien del mismo tipo que el gasóleo, a ser un bien del mismo tipo que los faros.
faro. Por eso, construir un faro como medio de ganarse la vida cobrando directamente a los que ven su luz no es el tipo de actividad económicamente rentable (como sí lo es, p.ej., venderles el gasóleo a los barcos).
9 de octubre de 2013
Escritores profesionales e inventores profesionales de chistes
Teo, dices "el escritor debe cobrar por sus productos igual que lo hace cualquier otro profesional"Más bien, de lo que se trata es de si dedicarse a escribir cierto tipo de libros vamos a tener que considerarlo una "actividad profesional", o más bien algo que uno hace como una forma de ocio.
P.ej., todos los chistes se los inventa alguien, pero nadie en su sano juicio propondría que los jueces vigilen quién cuenta un chiste que ha oído a otro sin pagarle derechos al autor. Puesto que nuestros medios tecnológicos hacen IMPRACTICABLE el cobrar derechos de autor a los que cuentan chistes de los que no son autores, POR ESE MOTIVO el inventarse chistes no lo consideramos una "actividad profesional".
Teniendo en cuenta que la tecnología y la práctica de la gente van a hacer, por unas causas o por otras, que el precio REAL de la mayoría de los libros electrónicos sea despreciablemente pequeño, pues de ahí se sigue que escribir esos libros lo consideraremos en el futuro como una actividad tan poco "profesional" como la de inventarse chistes.
Seguramente habrá algunos pocos autores que consigan ganarse la vida muy bien, o incluso medio bien, gracias a sus obras, pero serán una gota de agua en el océano de los autores "no profesionales". Puede que a algunos les parezca deprimente esta evolución, pero tiene tan poca vuelta atrás como la sustitución de la calesa por el automóvil.
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Más:
Sobre autopistas y copyright
...Que no hay en la vida nada...
La piratería no perjudica a hacienda
7 de octubre de 2013
Sobre autopistas y copyright
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Otro ejemplo más parecido: colarse en el cine tampoco es literalmente un robo, aunque sea, faltaría más, una violación del derecho de admisión que tiene el dueño del cine. O pasar sin pagar por el peaje de una autopista. ¿Qué le ROBO yo al dueño de la autopista si hago eso? Pues robar, literalmente, no le he robado nada; él sigue teniendo la autopista (quizá el asfalto se lo haya desgastado unos nanómetros, eso sí, al contrario que cuando hago una copia digital de un libro, en cuyo caso el original copiado sigue exactamente igual, sin deteriorarse ni un miserable bit). Por supuesto, eso no quiere decir que sea legal colarse en la autopista, simplemente que no es un robo, sino otro tipo de ilegalidad. El caso es que esa ilegalidad está más perseguida por la ley que la ilegalidad que consiste en violar el copyright de manera privada, que no está perseguido en absoluto.
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Otra cosa sería, p.ej., que un grupo armado echase a los empleados de las cabinas del peaje y se pusieran ELLOS a cobrar a los vehículos, y se quedaran con el dinero. Eso sí sería un robo (de la recaudación, y tal vez de las cabinas -o en ese caso, más bien una ocupación ilegal), y está, claro, mucho más perseguido y castigado por la ley.
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En el caso del copyright es totalmente análogo: si alguien hace negocio haciendo copias de las obras cuyo copyright tienes tú, te está robando; si alguien hace copias de esas mismas obras, pero sin hacer negocio, entonces no te está robando (por mucho que esté violando tu derecho, que lo está).
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Sigue aquí
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Más: La canción del pirata.
3 de septiembre de 2013
La e-canción del pirata
busca páginas que llaman
Descarga, pirata mío
por sosa
16 de abril de 2013
Déjale que lo descargue, que no hay en la vida nada, como la pena de ser pobre en una librería
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Ya fuera del comentario, no he podido evitar acordarme del escritor Josep Pla, quien, muchas décadas antes de que existieran las fotocopiadoras y no digamos internet con sus epubs y pdfs, era asiduo de las librerías barcelonesas, en donde se pasaba largas horas leyendo directamente los libros que le apetecía, y con tal caradura que incluso dejaba un billete de metro en la página donde lo dejaba para volver a leerlo al día siguiente. Y no parece que los libreros lo denunciasen en los juzgados.
11 de marzo de 2013
Del parche en el ojo a las gafas de Google
La lectura de un interesante artículo de hoy en The Scholarly Kitchen, sobre la delicada situación de la privacidad ante el advenimiento de las Google Glass, me ha llevado a pensar sobre las consecuencias de esa tecnología en relación con los derechos de propiedad intelectual.
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Por ejemplo, alguien leyendo un libro con esas gafas puestas, puede ir grabándolo o transmitiéndolo en directo para otros lectores, en tiempo real. Una vez que las gafas sean tan comunes como los móviles, y tan perfectamente camuflables bajo cualquier diseño (no el de la foto de arriba, claro, que da mucho el cante pirata), ¿cómo ponerle puertas al campo ya tan invadido por el incontenible flujo de información?
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19 de febrero de 2013
Total Boox: paga según cuánto lees, no según cuánto descargas
.¿Será un sistema eficaz para frenar la "piratería"?
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¿Lo veremos alguna vez con libros en español? ¿Tal vez autoeditados?
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¿Contribuirá a cambiar los hábitos de lectura, y sobre todo, el tipo de libros que se escriban?
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25 de enero de 2013
La piratería no perjudica a Hacienda
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Este último argumento, al contrario que el primero, es rotundamente falso. El dinero que la gente no se gasta en comprar un libro, pagar una entrada al cine, o una suscripción a un canal de televisión, porque descargan esos "contenidos" gratuitamente a través de internet, ese dinero se lo terminarán gastando en otras cosas, en las que no se lo habrían gastado de habérselo tenido que gastar en libros, cine, o fútbol; y al comprar esas otras cosas, pagarán el IVA correspondiente, y generarán rentas que Hacienda gravará (salvo que sean rentas de algún amnistiable).
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Así que, cuando bajéis de internet alguna de esas cosas, descontad en vuestro responsable cargamento de culpa, que sin duda sentís, la parte que corresponde a los impuestos, porque esa no se va a ver mermada de ninguna manera a causa de vuestra decisión.
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Sigue a bordo:
*¿Y si Gutenberg hubiera inventado el pdf antes que la imprenta?
*Derechos de copia con límite de copias
*Hablando con propiedad
21 de enero de 2013
"Historia y Filosofía de la Ciencia", nº 2 en Amazon-Filosofía.
18 de julio de 2012
26 de marzo de 2012
DERECHOS DE COPIA CON LÍMITE DE COPIAS

Una opción que me parece interesante para la regulación de los derechos de propiedad intelectual consiste en otorgar el derecho a cobrar por copias vendidas dentro de un límite que no sería temporal, sino relativo al número copias vendidas, un número que estaría definido por lo que socialmente podemos considerar un "éxito de ventas". Por ejemplo, las obras de literatura podían generar derechos de venta hasta 500.000 copias; los libros académicos, hasta 50.000 copias; las películas comerciales, hasta 30 millones de entradas o dvds o visionados; las canciones, hasta 10 millones de copias o descargas; etc., etc. Naturalmente, los números los estoy poniendo a ojo; su determinación definitiva sería cuestión de varios estudios empíricos y económicos, y de las negociaciones pertinentes.
24 de marzo de 2012
Las Falacias de los Defensores de la Propiedad Intelectual
De "Nada el gratis".
La verdad es que los pesados de los “derechos de autor” me tocan las narices cada vez más, por decirlo así de sencillo y de claro. No se que me molesta más: si su farisea moralina o su falta de conocimientos de economía.
Ayer Samuel Bentolila ponía un link a la columna en FT donde se hablaba de mi post con Luis sobre la consolidación fiscal y explicaba que si no salía, se pusiera el título del artículo en Google y que se iba a él. Alguien nos entró a protestar con el argumento que con ello fomentábamos la piratería intelectual. Cuando le respondimos que esto era una bobada,porque FT te deja mirar un número de artículos gratis al mes sin tener que pagar, primero nos dijo que a FT eso no le hacia gracia ya que quiere que uno se registre primero (lo cual es irrelevante; un lector, PVN, lo explica muy bien en otro comentario que además clarifica que nuestro protestón no sabe lo que es un caché) y segundo entró en una diatriba de cómo el sistema actual era fantástico, con afirmaciones tan peregrinas como “El sistema de derechos de autor en Occidente es hasta la fecha la mejor forma conocida de garantizar el crecimiento y la innovación.” Si uno se va a la página web de la asociación con la que firmaba el comentario (aparentemente no le apetecía dar su nombre verdadero, será que está protegido por algún copyright) se ven, además, las típicas acusaciones sobre robos y demás
Bueno, pues esto no es verdad, es solo una pila de falacias de un grupo de presión que quiere limitar el crecimiento económico.
Empecemos por el principio: ¿es violar la propiedad intelectual robar como roba un pirata? No. Esto es muy obvio una vez que se piensa un poco. Los economistas solemos distinguir entre los bienes rivales y los bienes no rivales. La diferencia se fundamenta en si el uso del bien por un agente económico impide a otro agente usarlo al mismo tiempo: si la respuesta es que sí, es un bien rival, si la respuesta es no, no lo es. Pensemos en una camisa: si yo me pongo una camisa, a la misma vez usted, querido lector, no se la puede poner (al menos que queramos hacer una escena de película de los hermanos Marx). En comparación, si yo estoy utilizando el teorema fundamental del cálculo, no impido a nadie que también lo use. Los 7000 millones de seres humanos podemos estar empleándolo a la misma vez y no pasa nada. Por ello, cuando yo le quito una camisa a mi vecino, le impido que la pueda seguir empleando. Cuando yo le copio a mi vecino su libro de macroeconomía, no impido que él lo pueda seguir usando. Por tanto, el bien bajo propiedad intelectual no me lo estoy apropiando.
Lo que sí que puedo estar causando es un perjuicio económico. Si el dueño del libro es su autor y yo lo copio, él sigue siendo el propietario del libro pero, por ejemplo, no me lo puede vender. Este daño no es un robo, es, como su propio nombre indica, un posible ingreso que se ha perdido.
Me dirá usted, entonces, que en realidad no hay tanta diferencia: que un robo supone la pérdida de un bien y la copia de un libro supone un lucro cesante. Sí y no. Sí, porque han ambos casos el agente sufre una pérdida. No, porque en el segundo caso lo que realiza es una perdida de potenciales ingresos futuros que nuestro sistema jurídico respeta en muchos casos. La mejor prueba de ello es la limitación temporal en los derechos de propiedad: la camisa es mía y lo será siempre. Si tengo descendientes, se la podrán ir pasando el uno al otro hasta el final de los tiempos cuando se caiga a cachos. En cambio, el derecho de propiedad intelectual expirará en un momento u otro. Es decir: que el derecho ya reconoce de manera bastante clara que estamos hablando de cosas muy distintas.
Pero pongamos otro ejemplo para ir más allá. Imaginémonos que yo, en vez de copiar el libro de macroeconomía de mi vecino, escribo uno mejor y le robo el mercado. El daño se lo causo igual: le quito los ingresos futuros. Esto es perfectamente legal. Sin embargo, si yo creo una nueva camisa, no impido a mi vecino que siga disfrutando de su camisa original sin problema.
La única conclusión lógica a la que se puede llegar, por tanto, es que el copiar una obra intelectual es un acto que no limita el disfrute de la cosa por su propietario pero que causa un daño económico en una tercera persona y que el derecho ha decidido limitar en ciertos casos. Robo, no es robo de nada. Daño al autor: sí, si efectivamente se pierde el flujo de ingresos.
¿Por qué protege el derecho la propiedad intelectual? Porque es necesario dar incentivos ex ante a los creadores de obras intelectuales. Estas se caracterizan por generar, casi en su totalidad, solo costes fijos, mientras que los costes marginales son casi cero. Pensemos en una película: el coste de la misma es filmarla (coste fijo), el coste de vender un DVD más de la misma es casi trivial. Si estuviésemos en un sistema donde copiar DVDs fuera gratuito, el precio de los mismos convergería rápidamente a su coste marginal (cero) y por ello, en principio (las cosas en realidad son más sutiles, por eso digo en principio) el creador nunca podría recuperar sus costes fijos, con lo cual no habría creación intelectual. El remedio que tenemos en occidente es dar un “monopolio” temporal al creador de la obra (o el que tenga el derecho en ese momento) por el cual si alguien vende DVDs de la misma película, se le aparecerá la Guardia Civil a hacerle cambiar de opinión. El monopolista entonces impondrá un precio superior al coste marginal, lo que genera una distorsión ex post.
Es decir: que el otorgar derechos de propiedad intelectual es únicamente un sistema de incentivos y por tanto carece de ninguna valoración moral, ni positiva ni negativa. Nadie tiene “derecho” innato y natural a la propiedad intelectual (sí que creo que tiene derecho al reconocimiento de ser el autor, pero nada más). La propiedad intelectual es simplemente un mecanismo de la sociedad para solucionar un problema. Es como poner una cañería en la casa de uno: por algún sitio tiene que ir el agua.
Y de la misma manera que uno puede diseñar distintas cañerías, existen diversas maneras de suministrar los incentivos adecuados. En particular, tenemos que recordar que el monopolio al que nos referíamos genera una distorsión ex post para generar los incentivos ex ante. Por tanto es sensato pensar en la posibilidad de mecanismos alternativos.
El primero es el mecenazgo, público o privado. Buena parte de lo mejor de la innovación en la historia de occidente ha venido del mismo, incluido la inmensa mayoría de la ciencia básica y de la tecnología moderna. Este post está escrito gracias la arquitectura básica de internet, Unix, C++ y Latex, todos ellos productos de este mecenazgo. La financiación (pseudo) pública nos ha dado Unix; la búsqueda de beneficios, Windows Vista.
El segundo son los premios. A lo largo de la historia los gobiernos han otorgado premios a aquellas personas que generaban una nueva idea (por ejemplo, un reloj particularmente exacto para la navegación). Muchos economistas como Michael Kremer han propuesto recuperar esta tradición y que los gobiernos anuncien, por ejemplo, un premio a la primera compañía que encuentre una vacuna efectiva contra ciertas enfermedades tropicales.
El tercero es el facilitar mecanismos de cooperación múltiple. Wikipedia es el mejor ejemplo posible: en vez de gastarnos un dinero tonto en una enciclopedia privada, tenemos ahora una pública que es varios órdenes de magnitud mejor.
El cuarto son todos los mecanismos de innovación competitiva que han permitido, por ejemplo, el crecimiento de Walmart. Buena parte de los procesos de negocios no están protegidos y pueden ser copiados libremente y sin embargo las empresas continuamente crean nuevos procesos.
Finalmente, y manteniéndonos dentro del sistema actual, se pueden cortar muchos de los excesos que el mismo tiene. Que un libro siga estando protegido 70 años después de la muerte del autor me parece sencillamente absurdo. Cualquier flujo de ingresos futuros descontados tan lejos en el tiempo a un tipo de interés sensato (pongamos el 4% anual) es trivial. La presunción es, en consecuencia, que estamos protegiendo en exceso a la propiedad intelectual. Quien tenga opinión contraria debe de suministrar evidencia: la carga de la prueba recae en aquellos que quieren el monopolio, no en lo que los queremos eliminar.
Dado que existen alternativas, la necesidad de reconfigurar nuestro sistema de propiedad intelectual es más importante que nunca. En un mundo digital los límites a la creatividad y a la experimentación, son tan difusos que, coartarla como intenta hacer buena parte de la industria con cosas como SOPA es una profunda equivocación. Vivimos en un momento en el que deberíamos de pecar de poca protección, no de protección excesiva. Daron Acemoglu lo explica mucho mejor que yo:
Para que no los sepan Daron es uno de los líderes actuales de la profesión económica. No se me ocurre nadie en su generación que haya contribuido más en temas de crecimiento económico o de la innovación.
Pero los ejemplos de gente que se ha sentado a pensar en este tema y han llegado a la conclusión de que nuestro sistema actual no tiene ni pies ni cabeza serían interminables así que solo voy a citar uno cercano a este blog: Michele Boldrin, que junto con David Levine, han escrito unmagnífico libro al respecto. Lo mejorcito de la profesión, por tanto, es profundamente escéptica sobre el sistema de protección actual.
Son los defensores del sistema actual los que están en minoría en el mundo académico. Se aferran a una concepción anticuada de la innovación y lo que es peor, ni saben historia económica ni entienden los problemas de incentivos existentes. Y encima aderezan esa ignorancia con “moralina” de serie americana barata: “que si esto es robar”, “que si es piratería”, blah, blah. Zarandajas.
Así que querido lector: si usted es de los que les molesta el sistema actual y quiere luchar para cambiarlo, por favor adelante. Callemos con nuestros argumentos a una industria que quiere destruir nuestro futuro de innovación y crecimiento.
Pd. Y prediquemos con el ejemplo: copie este post masivamente, cuanto más mejor.
22 de marzo de 2012
CIENCIA PÚBLICA - CIENCIA PRIVADA, AHORA EN GOOGLE BOOKS

Acabo de descubrir por azar que mi libro Ciencia pública - ciencia privada está disponible parcialmente en Google books. Me parece fantástico (con los 1.200 $ o así que he cobrado por derechos de autor hasta la fecha con ese libro, no diré que me doy por satisfecho, pero sí que estoy contento), aunque me habría gustado que se hubiese comunicado al autor esa publicación online.
20 de marzo de 2012
8 de febrero de 2012
LA EXPULSIÓN DEL PARAÍSO (DE GIGAPEDIA)
Por lo visto, desde principios de febrero de 2012 se ha cancelado el maravilloso servicio Library.nu (antes, Gigapedia), y ya no es posible descargarse los cientos de miles de obras que ponían allí a disposición de la humanidad. Una razón menos para el optimismo sobre el futuro del saber y de la igualdad de oportunidades.9 de septiembre de 2011
¡QUE MOTO SÍ QUE TENGO...! (SOBRE FÚTBOL, RADIO, CANON, Y PAY-PER-HEARING)

Resulta cómico escuchar la indignación de las emisoras de radio (muchas de ellas pertenecientes a grupos que ganan millones gracias a las emisiones codificadas de partidos de fútbol en sus canales de televisión) a cuenta de la pretensión de la Liga de Fútbol de cobrarles por retransmitir in situ los partidos, o sea, de participar en alguna medida justa en la tajada publicitaria que las emisoras se llevan a cuenta de sus cifras de audencia.
24 de febrero de 2011
¿Y SI GUTENBERG HUBIERA INVENTADO EL PDF EN LUGAR DE LA IMPRENTA?

Vamos, sólo por preguntar.
27 de enero de 2011
EL DIEZ POR CIENTO (O EL CINCO)

El modelo de negocio de la creación intelectual va a pivotar en torno a una cifra mágica:










